La Asociación de Usuarios del DEL CENTRO DE SALUD SAMPUÉS ESE fue creada en cumplimiento a los artículos 38, 49 y 103 de la constitución nacional, Ley 100 de 1993 y el decreto 1757 de 1994, cual, según soporta la ley tiene que ser actualizada cada dos años, por tanto se realiza el día 24 de febrero la asamble general en el auditorio principal del CREN. Para la vigencia 2022-2224 la asociación quedó conformada de la siguiente manera
N°
NOMBRES Y APELLIDOS
CARGO
1
CRISTIAN RAFAEL SANTOS SIERRA
PRESIDENTE
2
YOLI MARIA POLO DE HOYOS
VICEPRESIDENTE
3
DIOSARIS BASILIO
SECRETARIA
4
VÍCTOR VILLALBA
FISCAL
5
LUIS ALBERTO OTERO
VOCAL
6
JOAQUIN MENDOZA
VOCAL
Según El Decreto 1757 de 1994, establece que la asociación de usuarios las siguientes funciones:● Asesorar a los afiliados en la libre elección de la Entidad Promotora de Salud, las instituciones prestadoras de servicios y/o los profesionales adscritos. ● Con vinculación laboral a la entidad promotora de salud, dentro de las opciones por ella ofrecidas. ● Asesorar a los afiliados en la identificación y acceso al paquete de servicios. ● Mantener canales de comunicación con los afiliados que permitan conocer sus inquietudes y demandas para hacer propuestas ante la Institución Prestataria de Servicios de Salud y la Empresa Promotora de Salud. ● Informar a las instancias que corresponda y a las instituciones prestadoras y empresas promotoras, si la calidad del servicio prestado no satisface la necesidad de sus afiliados. ● Proponer a las entidades de salud, los días y horarios de atención al público de acuerdo con las necesidades de la comunidad, según las normas de administración de personal del respectivo organismo. ● Vigilar que las tarifas y cuotas de recuperación correspondan a las condiciones socioeconómicas de los distintos grupos de la comunidad y que se apliquen de acuerdo con lo que para tal efecto se establezca. ● Atender las quejas que los usuarios presenten sobre las deficiencias de los servicios y vigilar que se tomen los correctivos del caso. ● Proponer medidas que mejoren la oportunidad y la calidad técnica y humana de los servicios de salud y preserven su menor costo y vigilar su cumplimiento. ● Ejercer veedurías en las instituciones del sector, mediante sus representantes ante las empresas promotoras y/o ante las oficinas de atención a la comunidad. ● Brindar información a los afiliados acerca del Sistema general de Seguridad Social en Salud. ● Participar en el proceso de designación del representante ante el Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud conforme a lo dispuesto en las disposiciones legales sobre la materia.